I. Información General:
El Servicio Civil es un servicio público descentralizado, creado por la ley Nº 19.882 del 23 de junio de 2003, que se relaciona con la Presidenta de la República a través del Ministerio de Hacienda.
Su misión es promover y contribuir a la modernización y al mejoramiento del funcionamiento del Estado, posicionando -como un elemento central- la gestión estratégica de las personas que trabajan en la administración pública.
Entre otras funciones, le corresponde:
1) Realizar las acciones necesarias para asegurar el eficiente y eficaz funcionamiento del Sistema de Alta Dirección Pública;
2) Participar en el diseño de las políticas de administración de gestión de personas del sector público, en el marco del proceso de modernización del Estado;
3) Prestar asesoría en materias de gestión de personas y selección de directivos de alto nivel, que no están incluidos en el Sistema de Alta Dirección Pública, a autoridades como ministros de Estado, subsecretarios y jefes de servicios;
4) Incorporar en los modelos de gestión de personas, variables que eviten todo tipo de discriminación, tales como, género, tendencias sexuales, religión, étnicas, discapacidades físicas y otras de similar naturaleza.
II. Compromisos de Calidad:
Como Usuario/a, Usted tiene Derecho a:
1) Recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación o exclusiones basadas en razones de edad, sexo, religión, opinión política, ideológica o económica.
2) Pedir y obtener información sobre nuestra misión, objetivos y servicios, en todos nuestros espacios de atención.
3) Solicitar y recibir informaciones contenidas en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como toda información elaborada con presupuesto público en el servicio, tal como lo establece la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública. Estas solicitudes deben ser respondidas en el plazo máximo contemplado en la ley, es decir, 20 días hábiles, periodo que podrá ser prorrogado excepcionalmente por otros diez días hábiles, cuando existan circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada. Vencido el plazo, el requirente tendrá derecho a recurrir ante el Consejo para la Transparencia, solicitando amparo a su derecho de acceso a la información.
4) Solicitar información de los procesos de selección para proveer cargos del Sistema de Alta Dirección Pública y de aquellos que toma conocimiento la Dirección Nacional del Servicio Civil, a través del Sistema de Postulación en Línea o de nuestra OIRS Virtual. Ello, resguardando la confidencialidad que dispone para la ley para cada caso (Ley N° 19.882 de Nuevo Trato Laboral que regula la concursabilidad en la administración pública).
5) Conocer el estado y avance de su solicitud, ingresando a la OIRS Virtual, y obtener una respuesta en un plazo máximo de cuatro días hábiles, establecido por nuestra institución en los compromisos de gestión. Si la solicitud ciudadana no es de su competencia, el Servicio Civil enviará la consulta a la entidad del Estado que corresponda en un plazo no superior a 24 horas y notificará al ciudadano de dicha derivación.
6) Conocer la identidad de el/la funcionario/a que lo atiende, como también de las autoridades y Jefaturas de nuestra Institución, disponible en el sitio Web www.serviciocivil.cl
7) Presentar sus consultas, reclamos, sugerencias o comentarios en los espacios de atención establecidos por el Servicio Civil, que se encuentran detallados en el punto III de esta carta.
8) Si la respuesta a su solicitud no es satisfactoria, el Servicio Civil le ofrece la posibilidad de reclamar, solicitando audiencia con el/la Jefe/a de Gabinete y, a través de él/ella, con el/la jefe/a del servicio. Para ello, dispone del formulario de contacto de la OIRS Virtual y de formularios impresos en sus oficinas centrales, ubicadas en Morandé 115, Piso 9, Santiago.
9) Todo ciudadano/a tiene derecho a recibir las explicaciones que corresponda, en forma verbal o escrita, cuando sus derechos han sido vulnerados, de manera no intencionada, por algún funcionario/a del Servicio Civil. Estas explicaciones serán entregadas en primera instancia por el Jefe directo del funcionario/a involucrado, hasta llegar a la autoridad superior representada por la Directora Nacional del Servicio Civil.
10) Todo ciudadano/a tiene derecho a evaluar la calidad del servicio entregado, a través de encuestas que se encuentran en nuestros lugares de atención, los que están señalados más adelante.
Como Usuario/a, Usted tiene el Deber de:
1) Tratar a los funcionarios y funcionarias que lo atienden con respeto, de la misma forma que ellos lo hacen con Usted.
2) Conocer y respetar los procedimientos y requisitos de atención establecidos por este servicio, los que están disponibles en cada espacio de atención.
3) Verificar que los datos ingresados a los sistemas de registros existentes en los distintos espacios de atención, sean correctos.
4) Cuidar y hacer buen uso de la infraestructura y materiales facilitados por el Servicio.
III. Espacios de Información y Atención Ciudadana con que cuenta el Servicio Civil:
Para que sus usuarios y usuarias puedan ejercer estos derechos, el Servicio Civil ha dispuesto los siguientes canales, lugares y horarios para su atención: