Familias de Cargos para la utilización del Registro de Candidatos y aplicación del Mecanismo de Gestión de Candidatos.
Según el artículo cuadragésimo octavo de la ley N° 19.882.-, La Dirección Nacional del Servicio Civil creará y administrará un registro con la información de aquellas personas seleccionadas o que hubieren postulado en procesos de selección de cargos del Sistema de Alta Dirección Pública o que hayan sido provistos mediante dicho Sistema. Quienes integren este registro serán invitados a participar en los concursos siempre que cumplan con el perfil del cargo respectivo, de acuerdo a lo que establezca el reglamento. Lo anterior no conferirá preferencia ni podrá considerarse como mérito en el respectivo proceso de selección. El artículo N° 8 del Reglamento que regula el registro de candidatos señala, El Consejo de Alta Dirección Pública establecerá de manera genérica o específica, familias de cargos, previa propuesta técnica de la Dirección Nacional del Servicio Civil. Una vez definidas, las familias de cargos estas se publicarán en la página web de la Dirección Nacional.
Para ver el detalle de las familias de cargos, descarga el documento aquí:
Familias de Cargos para la utilización del Registro de Candidatos y aplicación del Mecanismo de Gestión de Candidatos
